15 de diciembre de 2022
El pasado 12 de diciembre fue publicada en el DOF la Décima Resolución de modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) para 2022. Los siguientes son los temas relevantes:
Se indica que el segundo periodo general de vacaciones de 2022 del SAT, comprende los días del 19 al 30 de diciembre de 2022.
Mediante modificación al artículo décimo séptimo transitorio se establece que los contribuyentes obligados a expedir CFDI’s podrán continuar emitiéndolos en su versión 3.3., y para el CFDI que ampare retenciones, así como información de pagos, podrán seguir emitiéndolos en su versión 1.0, con base en lo dispuesto en el Anexo 20 publicado en el Diario Oficial de la Federación del 28 de julio del 2017, hasta el 31 de marzo del 2023. Lo anterior también será aplicable a los complementos de pago.
Mediante modificación al artículo Cuadragésimo séptimo transitorio se especifica que el uso del CFDI con complemento carta porte será aplicable a partir del 1 de enero de 2022 y para efectos de las multas por la no emisión o su incorrecta preparación de este CFDI, se entiende que cumplen con lo dispuesto en las disposiciones fiscales, aquellos contribuyentes que expidan el CFDI con complemento Carta Porte hasta el 31 de julio de 2023 y este no cuente con la totalidad de los requisitos contenidos en el "Instructivo de llenado del CFDI al que se le incorpora el complemento Carta Porte", publicado en el Portal del SAT.
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